jueves, 23 de agosto de 2012


Su Contenido





En el nombre de Dios, Autor y Supremo Legislador del Universo,

Nosotros los representantes de la Nueva Granada, reunidos en Convención, deseando corresponder a las esperanzas del pueblo nuestro comitente en orden a asegurar la independencia nacional, consolidar la unión, promover la paz y seguridad doméstica, establecer el imperio de la justicia, y dar a la persona, a la vida, al honor, a la libertad, a la propiedad y ala igualdad de los granadinos la más sólidas garantías, ordenamos y decretamos la siguiente:







CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE LA NUEVA GRANADA

TÍTULO I: DEL ESTADO DE LA NUEVA GRANADA Y DE LOS GRANADINOS
Sección Primera: Del Estado de la Nueva Granada (Artículos 1-2-3)
Sección Segunda: De los granadinos (Artículos 4-5-6-7)

TÍTULO II: DE LOS CIUDADANOS D EL ANUEVA GRANADA (Artículos 8-9-10-11)

TÍTULO III: DEL GOBIERNO D ELA NUEVA GRANADA (Artículos 12-13-14-15)

TÍTULO IV:
SECCIÓN PRIMERA: De la elecciones parroquiales (Artículos 16-24)
SECCIÓN SEGUNDA: De las elecciones de cantón (Artículos 25-35)
SECCIÓN TERCERA: Disposiciones comunes a ambas elecciones (Artículos 36-38)

TÍTULO V: DEL PODER LEGISLATIVO
SECCIÓN PRIMERA: Del Congreso (Artículos 39-40)
SECCIÓN SEGUNDA: Del Senado (Artículos 41-49)
SECCIÓN TERCERA: De la Cámara de Representantes (Artículos 50-57)
SECCIÓN CUARTA: Disposiciones comunes a las dos cámaras (Artículos 58-73)
SECCIÓN QUINTA: De las atribuciones del Congreso (Artículo 74-76)
SECCIÓN SEXTA: De la formación de las leyes (Artículo 77-92)

TÍTULO VI: DEL PODER EJECUTIVO
SECCIÓN PRIMERA: De las elecciones, duración y cualidades del Presidente y Vicepresidente de la República. (Artículos 93 – 104)
SECCIÓN SEGUNDA: De las funciones, deberes y prerrogativas del Presidente de la República (Artículos 105 – 111)
SECCIÓN TERCERA: De los secretarios del Despacho (Artículos 112 – 119)
SECCIÓN CUARTA: Del Consejo de Gobierno (Artículo 120)
SECCIÓN QUINTA: Del Consejo de Estado (Artículos 121 – 129)

TÍTULO VII: DEL PODER JUDICIAL (Artículo 130)
SECCIÓN PRIMERA: De la corte Suprema de Justicia (Artículos 131 – 138)
SECCIÓN SEGUNDA: De los demás tribunales y juzgados (Artículos 139 - 143)
SECCIÓN TERCERA: Disposiciones comunes a la Corte Suprema y demás tribunales y juzgados. (Artículos 144 – 149)

TÍTULO VIII: DEL RÉGIMEN INTERIOR DE LA REPÚBLICA
SECCIÓN PRIMERA: De los gobernadores y jefes de los cantones (Artículos 150 – 155)
SECCIÓN SEGUNDA: De las cámaras de provincia y concejos municipales (Artículos 156 – 168)

TÍTULO IX: DE LA FUERZA ARMADA (Artículos 169 – 177)

TÍTULO X: DISPOSICIONES GENERALES (Artículos 178 – 210)

TÍTULO XI: DEL JURAMENTO DE LOS EMPLEADOS (Artículos 211 – 212)

TÍTULO XII: DE LA INTERPRETACIÓN O REFORMA DE ESTA CONSTITUCIÓN Y DE LA 

OBSERVANCIA DE LAS LEYES (Artículos 213 – 219)
DISPOSICIONES TRANSITORIAS





2 comentarios:

  1. La constitución de 1991 es mas extensa, pero también habla de las ramas del poder ejecutivo, legislativo y judicial.

    ResponderEliminar
  2. Podemos ver en quien se inspiro la constitución y porque y sobre todo y lo mas
    básico sobre que temas trataba y que nuevos conceptos trajo esta a la REPUBLICA DE LA
    NUEVA GRANADA.

    ResponderEliminar